Resolución No. 16 del Consejo de Facultad del 17/06/20

administrador [

Visto:

La próxima terminación de los cursos del Plan 2016 Abogacía-Notariado, así como de los cursos de las unidades curriculares reglamentadas del Plan 1989 de Abogacía-Notariado.

Considerando:

1.- Que el Consejo de la Facultad por Resolución No. 3 de fecha 10 de abril de 2020 dispuso que: “Los cursos desarrollados con clases virtuales y otras herramientas tecnológicas para su dictado, se asimilarán a las instancias presenciales de los distintos cursos y las evaluaciones y actividades realizadas por los docentes tendrán validez, sin perjuicio de lo que este Consejo resuelva respecto de la evaluación y aprobación final del curso”.

2.- Que el Consejo de la Facultad por Resolución No. 36 de fecha 15 de abril de 2020 resolvió: “Diferir la decisión sobre la modalidad de la prueba final integral de los cursos del Plan 2016 –tercera evaluación- (artículos 21 y 26 del Reglamento de cursos y Exámenes) y los cursos reglamentados del Plan 1989 –quinta evaluación- (artículo 10 de Reglamento de Cursos Reglamentados de materias Teóricas), hasta tanto las condiciones sanitarias permitan resolverlo”.

3.- El mantenimiento de la situación de emergencia sanitaria, así como la proximidad de la finalización de las unidades curriculares antes expresadas, circunstancia que impone la definición de parámetros para la realización de dichas evaluaciones.

4.  Que en el actual contexto sanitario extraordinario, se mantiene la sugerencia de evitar la presencia simultánea de muchas personas en espacios cerrados sin distanciamiento social, lo cual conspira con la posibilidad de tomar las evaluaciones finales en la forma que habitualmente se efectúa en el Servicio teniendo en cuenta el elevado número de estudiantes que realizarán tales evaluaciones.

5.- Que habiéndose efectuado el estudio de los estudiantes que podrían ingresar por salón, respetando el distanciamiento social sugerido en la actual situación de emergencia sanitaria, se advierte que la capacidad locativa de los mismos sería sensiblemente inferior a la requerida para el masivo y simultáneo desarrollo de evaluaciones presenciales teniendo en cuenta el número elevado de estudiantes que realizarán las mismas.

6.- Que durante el semestre han estado disponibles para los Docentes distintas instancias de capacitación en mecanismos de evaluación no presenciales.

7.- Que en el marco de la solicitud efectuada por este Consejo por resolución No. 31 del 27 de mayo de 2020 a los institutos, centros y grupos docentes de las unidades curriculares, varios se pronunciaron favorablemente en cuanto a la posibilidad de, excepcionalmente, realizar tales evaluaciones finales en forma no presencial, sin perjuicio de las reservas en cuanto a la autenticidad y las posibilidades de fraude.

8.- Sin embargo, más allá de las dificultades que plantea la evaluación virtual y teniendo en cuenta el número elevado de estudiantes que realizarán las evaluaciones se entiende oportuno procurar no dilatar la evaluación final de modo que no exista demasiada distancia entre la finalización de los cursos y su instancia de evaluación, a efectos dar continuidad a los procesos de aprendizaje.

El Consejo de la Facultad de Derecho resuelve:

1.- Autorizar con carácter excepcional la evaluación final de forma no presencial de los cursos de las unidades curriculares del Plan 2016 de Abogacía Notariado, así como la de los cursos reglamentados de las unidades curriculares reglamentadas del Plan 1989 de Abogacía y Notariado, del primer semestre de 2020 las que deberían realizarse antes del17 de julio de 2020 con excepción de las Técnicas Forense y Notarial.

2.- El docente encargado del curso deberá 10 días antes de la evaluación final, explicitar a los estudiantes fehacientemente la modalidad de la misma, su fecha y demás características, información que deberá consignar necesariamente en el espacio del grupo en la Plataforma Eva, sin perjuicio de la posibilidad de, adicionalmente, difundir tal información por otras vías.

3.- Los docentes encargados de cursos asimismo deberán consignar en el Informe de desarrollo de curso las características de las evaluaciones efectuadas. (12 en 12)

Descargas