EL CONSEJO DE LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 18 DE DICIEMBRE DE 2024 ADOPTÓ LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN :
52.
(Exp. Nº 050011-000225-24) - Visto: La necesidad de regular las pautas para la implementación de la integración de las Unidades
Curriculares con sus correspondientes talleres prácticos en las Carreras de Abogacía y Notariado.
Considerando:
I. Que por Resolución Nº 58 de 20.diciembre.2023 de Consejo de Facultad, se aprobó integrar las siguientes Unidades Curriculares teó
ricas con sus correspondientes talleres prácticos, talleres de análisis crítico y actividades integrativas:
• Constitucional (13 créditos teóricos y 2 créditos prácticos, 117 horas con 30 minutos aula)
• Taller de Lectoescritura Universitaria (4 créditos teóricos, 1 créditos práctico, 40 horas aula)
• Derecho Informático e Informática Jurídica 1 (4 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 50 horas aula)
• Sociedad y Derecho (7 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 72 horas con 30 minutos aula)
• Ciencia Política (7 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 72 horas con 30 minutos aula)
• Obligaciones y Contratos (12 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 110 horas aula)
• Economía, Derecho e Instituciones (6 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 65 horas aula)
• Derecho Procesal 1 (10 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 95 horas aula)
• Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social 1 (10 créditos teóricos, 1 créditos prácticos, 85 horas aula)
• Introducción a la Metodología de la Investigación (4 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 50 horas aula)
• Contratos Especiales (10 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 95 horas aula)
• Derecho Comercial 1 (12 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 110 horas aula)
• Derecho Comercial 2 (10 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 95 horas aula)
• Sucesiones (6 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 65 horas aula)
• Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social 2 (10 créditos teóricos, 1 créditos prácticos, 85 horas aula).
• Derecho Internacional Privado (10 créditos teóricos, 2 créditos prácticos, 95 horas aula)
II. Que el régimen de implementación quedó postergado por el Consejo;
III. Que la integración referida entrará en vigor en el período lectivo 2025;
IV. Que es necesario aprobar un régimen de implementación de las integraciones aprobadas por el Consejo.
El Consejo de Facultad de Derecho resuelve:
1. (Estudiantes que aprobaron ambas unidades): Disponer que en su escolaridad figurarán las unidades efectivamente cursadas y aprobadas en su condición actual.
2. (Estudiantes que aprobaron la unidad teórica correspondiente, pero no aprobaron el taller práctico, de análisis crítico o actividad Integrativa relacionados). Establecer que aquellos estudiantes que hayan aprobado la unidad teórica pero no su taller o actividad integrativa asociada se regirán por lo dispuesto a continuación:
1. Si cursaron pero no aprobaron el taller o actividad integrativa asociada, mantendrán el derecho a realizar las actividades complementarias en las condiciones y por el plazo establecido en el Art. 64 inc. 4 del Reglamento de Cursos y Exámenes del Plan de Estudios 2016 de Abogacía y Notariado.
2. Si no cursaron el taller o actividad integrativa correspondiente, se crea un régimen transitorio por el período de dos años, durante el cual los institutos o grupos docentes ofrecerán grupos semipresenciales o virtuales para cursado, con contenidos, seguimiento y materiales en plataforma.
3. (Estudiantes que aprobaron los talleres o actividades integrativas, pero no aprobaron la unidad teórica). Establecer que aquellos estudiantes que hayan aprobado el taller o actividad integrativa, pero no la unidad teórica asociada, se regirán por lo dispuesto a continuación:
3.1. Si cursaron pero no aprobaron la unidad teórica, se mantendrán en lista para rendir examen con el docente por el plazo establecido en el Art. 7º inc. 3º del Reglamento de Cursos y Exámenes del Plan de Estudios 2016 de Abogacía y Notariado.
3.2. Podrán optar por cursar y aprobar la nueva unidad integrada, en cuyo caso los créditos del taller aprobado se imputarán a unidades optativas, asignándose los mismos al primer año posible según la grilla y los créditos optativos ya completados.
3.3. En cualquier caso podrán dar el examen libre.
4. Encomiéndase a los Coordinadores de Carrera, en consulta con las Comisiones respectivas, la implementación del régimen transitorio dispuesto en el numeral 2.2.
5. Comuníquese al Departamento de Administración de la Enseñanza para la instrumentación administrativa y a la Unidad de Comunicación para la más amplia difusión. (11 en 11)
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