Historia
subject Reseña histórica del Consultorio Jurídico.
Haciendo una breve reseña histórica de lo que ha sido la enseñanza de la abogacía, en especial la introducción de la práctica dentro de los programas de grado de la profesión, es que podemos mencionar varios momentos.
En principio, la enseñanza de la práctica profesional se encontraba disociada de lo que era el estudio del derecho teórico. Nuestro derecho procesal y la enseñanza de la técnica jurídica, tienen como antecedente al derecho español. En los inicios de la disciplina, se preparaba al jurista en el derecho teórico, pero el derecho a aplicar en los tribunales, se aprendía luego de obtenido el titulo.
La sistematización y transmisión de las prácticas llevaron a la publicación de diversos libros sobre la práctica forense. En estos, se enseñaba un modo de proceder, remitia al derecho ritual: preparación de escritos, plazos, etc. No contaban con una base científica, era la transmisión de aquello aprendido por la experiencia en la vida profesional.
En lo que hace a la enseñanza en nuestro país, debemos puntualizar que las Universidades, como institución, son una creación moderna. La Universidad de la República, remonta sus orígenes a un proyecto presentado en el año 1833 por Dámaso Antonio Larrañaga y el Decreto de 1838 del Presidente Oribe que la instituye como Universidad Mayor de la República.
El proyecto de Larrañaga, crea las primeras cátedras que sirvieron de base a la Universidad y recibieron el nombre de Casa de Estudios Generales. Para el estudio del derecho, se establecieron las cátedras de Jurisprudencia y Economía Política. Se centraban en la enseñanza del derecho de forma teórica, con exclusión de la práctica, y no habilitaban al ejercicio de la profesión de abogado. La práctica en la Universidad se introduce recién en el año 1865.
Por la ley 185 del 11 de junio de 1838, se dispone la creación de la Academia Teórico Práctica de Jurisprudencia, tomando a esta, como el antecedente de la enseñanza práctica del Derecho en nuestro país. A ella debían incorporarse los graduados de facultad de Jurisprudencia, para luego obtener el título de abogado. La enseñanza teórica impartida por la Universidad, se complementaba con la práctica, impartida por la Academia.
Los sucesos históricos de la época, impidieron a Oribe instalar la Academia según lo propuesto. Fue recién en el año 1839 que Rivera la inaugura, dentro de la plaza sitiada. Fuera del sitio, en el año 1850 Oribe instauró otra Academia de Jurisprudencia, la del Cerrito, la cual cesaría en sus funciones con la paz de 1851. Es asi, que durante la Guerra Grande, funcionaron dos Academias, ambas con base a la ley de 1838. La primera vinculada a la Universidad, mientras que la segunda, funcionaba al margen.
El decreto del 4 de mayo de 1865 suprime la Academia Teórico Práctica de Jurisprudencia, se entendió que correspondía a la Universidad “la dirección y superintendencia de la instrucción que ella compete”. En su lugar, se crea el Aula de Procedimientos Judiciales, fijándose además del curso práctico, la asistencia al mismo tiempo, al estudio de un abogado. Para ingresar al Aula se requería el diploma de Doctor o Licenciado, y el título de Abogado se obtenía luego de cumplir las exigencias del art 2 y de rendir un examen general ante la Cámara de Apelaciones.
En 1878, se cambia el nombre de la Facultad de Jurisprudencia por el de Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.
Con la reforma del año 1885, Alfredo Vázquez Acevedo, como Rector de la Universidad, establece que la enseñanza universitaria tiene por objeto habilitar el ejercicio de las profesiones científicas, por lo que el título de Doctor en Derecho habilita para ejercer la profesión de Abogado.
Se crea por primera vez el curso de Práctica Forense, el cual se cursaba en el último año de carrera, teniendo una duración de un año. Posteriormente, en 1905, el curso de Práctica Forense se divide en dos cursos. Como parte del curso, los estudiantes debían realizar prácticas en los Juzgados bajo la dirección de los jueces. Dicha idea fracasó por la imposibilidad práctica de cumplirse.
El 3 de mayo de 1932 se aprueba un nuevo reglamento y se introduce por primera vez el Consultorio Jurídico como parte de la enseñanza forense. Quienes dirigen esas practicas serían profesores universitarios y se introduce la ética como parte de la formación. La asistencia a Consultorio era facultativa, y la tarea se limitaba a la evacuación de consultas, siendo la asistencia letrada, un hecho excepcionalísimo. Los diferentes problemas organizacionales y los defectos en cuanto al objetivo de preparar a los estudiantes para la vida práctica, dado que la asistencia al curso, como se mencionó, era facultativa, la tarea se limitaba a consultas, y que los estudiantes tenían vedada la posibilidad de interrogar directamente al consultante, pasando todo por el profesor, es que con el reglamento de 1937 se suprime Consultorio Jurídico.
Recién a partir del año 1950 es que se reimplanta dentro de los planes de estudio. Esta vez, la concurrencia por parte de los estudiantes, es obligatoria, y se cumple con una doble misión: evacuación de consultas y asistencia judicial.
Dentro de las finalidades propuestas, estaban la formación del criterio jurídico del estudiante, teniendo presente la tarea social que realiza la Universidad, y la responsabilidad que la misma conlleva, asociando definitivamente la teoria con la práctica, vista a esta como un complemento que le permite al estudiante el contacto con la realidad.
En noviembre de 1959, el Consejo de la Facultad aprueba la creación de Centros de Consulta y Asistencia barriales, como forma de descentralizar la tarea de extensión cometida por la Facultad, fuera de los límites del edificio central, llevando la asistencia a los lugares vulnerables, donde el acceso a la protección jurídica se encontrara desamparada.
Pese a ello, los procesos de descentralización comenzaron en la década del 80, con el primer Consultorio Barrial de la Facultad de Derecho, en el barrio Nuevo París. Actualmente, la atención se ha profundizado, y ha sido llevada a seis barrios montevideanos: 40 semanas, Unión, Las Acacias, Sayago, Cerro y Casavalle. Además, existen convenios vigentes con la Intendencia de Montevideo, Ministerio del Interior y Asfavide. En cuanto a la atención en el interior del país, la asistencia se brinda en los departamentos de Maldonado, Paysandú, Bella Unión y Salto.
A inicios del siglo XXI, con la llegada a la Dirección de Consultorio Jurídico del Dr. Gonzalo Uriarte se produce un cambio de paradigma en la concepción y acción del servicio.
Asumiendo el rol de principal ámbito de extensión de la Facultad de Derecho, Consultorio Jurídico, sin abandonar la asistencia como actividad formativa de contacto con la comunidad, generó nuevos canales dialógicos y de encuentro con la sociedad y sus organizaciones.
Se desarrolló de esta forma una intensa actividad de convenios con sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, colectivos con distinto grado de organización, e incluso con el estado, como estrategia de contacto, apoyo y encuentro con las necesidades y discursos de nuestra sociedad. De esta suerte, los convenios por ejemplo con el Sindicato Único de Trabajadoras Domésticas y con la Liga de Amas de Casa Consumidores y Usuarios del Uruguay, con la Asociación de Familiares de Víctimas de Delitos, con la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad y el trabajo en contextos de privación de libertad, resultaron en una multiplicación de los ámbitos de diálogo y trabajo con nuestra comunidad.
A su vez, la labor conjunta con las Facultades de Ingeniería, Psicología, Ciencias Sociales y Medicina entre otras, introdujo en forma sistemática la interdisciplina en la acción extensionista, sumándole diversidad de miradas y complejidad a dicha tarea.
La acción conjunta de Consultorio Jurídico con el Laboratorio de Casos Complejos y la Clínica del Litigio, ha permitido la promoción de acciones de interés colectivo en Derechos Humanos, que por fuera de la imagen de acciones judiciales rutinarias y simples, proyectó a este servicio al umbral más alto de compromiso con la defensa judicial de derechos de los habitantes de la República.
Finalmente, la construcción de espacios para la investigación sistemática y metodológicamente adecuada de la realidad, a través de la conformación del Grupo de Investigación de Derecho de Infancia, permitió acceder a niveles de integralidad en la extensión nunca antes alcanzados.
Como puede apreciarse, a través de la historia y en el presente, el Consultorio Jurídico de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República se ha jerarquizado como promotor de cultura y de los principios de justicia, libertad y bienestar social, construyendo un vínculo entre la Universidad y la sociedad, a partir de una metodología de aprendizaje integral y humanizadora.
Dra. Joanna Cayetano
subject Bibliografía consultada.
PATRÓN, J (1962) “La enseñanza práctica del Derecho en Uruguay” en Revista L.A.J, número 59, pp 66-91.
CESTAU, S (1970) “Las academias de jurisprudencia” en Revista A.E.U, tomo 56 pp 264-270.
URIARTE, G (1996) “Reseña histórica de la enseñanza de la Técnica Forense y la incorporación de Consultorio Jurídico como parte de la misma” Primeras Jornadas Rioplatenses de Consultorios Jurídicos Gratuitos.
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