Resolución No. 31 del Consejo de Facultad del 27/05/20

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Visto: La evaluación final de los cursos del Plan 2016 Abogacía Notariado.

Considerando:

1.- Que el Consejo de la Facultad por resolución No. 3 de fecha 10 de abril de 2020 dispuso que “Los cursos desarrollados con clases virtuales y otras herramientas tecnológicas para su dictado, se asimilarán a las instancias presenciales de los distintos cursos y las evaluaciones y actividades realizadas por los docentes tendrán validez, sin perjuicio de lo que este Consejo resuelva respecto de la evaluación y aprobación final del curso”.

2.- Que el Consejo de la Facultad por resolución No. 36 de fecha 15 de abril de 2020 dispuso “Diferir la decisión sobre la modalidad de la prueba final integral de los cursos del Plan 2016 –tercera evaluación- (artículos 21 y 26 del Reglamento de cursos y Exámenes) y los cursos reglamentados del Plan 1989 –quinta evaluación- (artículo 10 del Reglamento de Cursos Reglamentados de materias Teóricas), hasta tanto las condiciones sanitarias permitan resolverlo”.

3.- Que la unidad curricular Derecho de Infancia y Adolescencia y otras personas vulnerables finalizó el día 5 de mayo de 2020, Derecho Registral finalizó el día 5 de mayo de 2020, Derecho Informático e Informática Jurídica II finalizó el día 22 de mayo de 2020, y Administrativo finalizará el día 28 de mayo de 2020.

4.- Que a la fecha, las condiciones sanitarias no permiten realizar evaluaciones presenciales.

5.- Que se entiende oportuno no distanciar demasiado la finalización de los cursos con su evaluación final.

6.- Que es posible y con carácter excepcional proceder a las evaluaciones finales de los cursos antes señalados de manera no presencial.

7.- Que la Comisión ad hoc asesora del Consejo ha sugerido la adopción de medidas para el desarrollo de estas evaluaciones.

El Consejo de la Facultad de Derecho resuelve:

1.- Autorizar con carácter excepcional la evaluación final de forma no presencial de las siguientes unidades curriculares: Derecho de Infancia y Adolescencia y otras personas vulnerables, Derecho Registral, Derecho Informático e Informática Jurídica II y Administrativo del Plan 2016 de Abogacía Notariado.

2.- Las evaluaciones deberán ser realizadas en los días y horarios previstos para el curso en la semana del 15 de junio. En caso de
superposición de otra prueba correspondiente al mismo semestre, el estudiante tendrá derecho a que ésta última sea reprogramada.

3.- Para el desarrollo de la evaluación, el docente encargado del curso deberá 10 días antes de la misma, explicitar la modalidad de la misma.

4.- Luego de realizadas las evaluaciones, los docentes encargados de los cursos deberán remitir un informe a Decanato en referencia a la cantidad de alumnos inscriptos al curso, cantidad de alumnos que realizaron la prueba final, modalidad de la prueba final, desempeño de los estudiantes en el curso y en la prueba final, así como de las ventajas y dificultades detectadas y demás aspectos que entienda relevantes en la evaluación realizada.

5.- Encomendar a la Unidad de Apoyo Pedagógico a maximizar sus esfuerzos y poner a disposición de los docentes encargados de sus cursos, las herramientas y capacitaciones que entienda necesario para la preparación y desarrollo de las pruebas no presenciales.

6.- Solicitar informe a los institutos, centros y grupos docentes de las unidades curriculares que estén por terminar, para que informen respecto a las posibilidades y dificultades de sus grupos docentes de proceder a realizar la evaluación final en forma no presencial.


7.- Autorizar con carácter excepcional y por única vez que los estudiantes inscriptos en los cursos rindan el examen (si correspondiere) con el docente con el que están inscriptos y por el plazo de un año a contar de la fecha prevista para la finalización del mismo. (12 en 12)