Resolución del Consejo de Facultad de Derecho de fecha 10/04/2020

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3.
(Exp. Nº   ) Visto: las Resoluciones del Rector de 13 y 15 de marzo que suspenden las clases presenciales en atención a la emergencia sanitaria, y la Resolución del Consejo Directivo Central que mantiene la suspensión de las actividades presenciales hasta que las condiciones sanitarias permitan su implementación en condiciones de seguridad.

Considerando: la Resolución N°7 adoptada por el Consejo de la Facultad de Derecho de 1.4.2020 que dispone efectuar los máximos esfuerzos para procurar la continuidad de los cursos y la comunicación con los estudiantes, solicita a los docentes continuar con el dictado de los cursos a través de clases virtuales y los exhorta a establecer mecanismos virtuales de seguimiento del curso por parte de los estudiantes.

Considerando: el informe elaborado por la Comisión designada por Resolución de Consejo de fecha 8.4.2020 y el cambio de ideas mantenido en Sala,

El Consejo de la Facultad de Derecho resuelve:

1.Control de asistencia
Suspender el control de asistencia en todos los cursos de las diferentes carreras y planes de la Facultad de Derecho que tengan como uno de los requisitos para la aprobación del curso el control de asistencia. (12 en 12)

2. Período de exámenes de mayo 2020
Suspender el período de exámenes de mayo 2020, y comunicar esta Resolución al Fondo de Solidaridad y a Bienestar Universitario, a efectos de considerar la presente Resolución para el mantenimiento de las becas otorgadas.
Encomendar a la Comisión de Bedelía la reprogramación en el año 2020 del período de mayo suspendido, de forma de mantener los cinco períodos de exámenes anuales, así como evaluar alternativas a efectos de evitar la suspensión de los subsiguientes períodos de exámenes del año (para el caso que la emergencia sanitaria se mantenga). (12 en 12)

3. Solicitud de informe al Instituto de Técnica Forense y al Instituto de Técnica Notarial.
Solicitar a los Institutos de Técnica Forense y de Técnica Notarial que informen al Consejo antes del 20 de abril 2020 aquellas unidades curriculares asignadas a dichos Institutos cuya enseñanza no pueda ser sostenida en el primer semestre en plataformas digitales o que no puedan incorporar evaluaciones adecuadas en esta modalidad, a efectos de cumplir con lo dispuesto por la Resolución del Consejo Directivo Central de fecha 31 de marzo 2020, la cual solicita a los Servicios informar a la Comisión Sectorial de Enseñanza los cursos que no admitan dicha modalidad de dictado o evaluación y deba establecerse un nuevo calendario. (12 en 12)

4. Situación de cursos y eventual reprogramación.
Remitir por Decanato a los Coordinadores de Carrera un pedido de informe a efectos de que estos sugieran los ajustes y reprogramaciones necesarias para el dictado y culminación de los cursos, y si existen cursos concretos que no están cumpliendo con las resoluciones adoptadas, teniendo en cuenta la información recibida por Decanato en contestación al pedido de informes realizado a los Institutos y Grupos docentes con fecha 25.3.2020 respecto a cómo se venía implementando en cada grupo de las unidades curriculares el contacto con los estudiantes y la continuidad de los cursos mediante clases on-line, difusión de guías o fichas de clase, etc. Oportunamente se informará a este Consejo los Institutos que no remitieron la información. (12 en 12).

5. Seminarios del Área de Derecho Público
Suspender el inicio de los seminarios cuya fecha de iniciación prevista es 13.4.2020, y solicitar informe al Coordinador del Área de Derecho Público sobre: a) si los seminarios previstos se pueden dictar en modalidad no presencial, b) si así fuere, posibilidad de crear más seminarios en función de la demanda estudiantil; y c) en caso afirmativo, sugerir una fecha de inicio de toda la oferta finalmente planteada. (12 en 12)

6. Régimen de previas
No aplicar el régimen de previas para el cursado de los cursos del segundo semestre de 2020 de todas las carreras y planes de la Facultad de Derecho. (12 en 12)
No aplicar el régimen de previas para la aprobación de los cursos del segundo semestre de 2020 de todas las carreras y planes de la Facultad de Derecho y para los cursos libre controlados del primer y segundo semestre de 2020, sin perjuicio que la acreditación en la escolaridad será efectuada una vez aprobada la unidad curricular previa. La nota de aprobación de la unidad curricular sujeta a previa será válida por un año. (9 en 12)

7. Referente por Instituto, Grupo Docente y Centro para la articulación en la implementación de los cursos en EVA
Solicitar a los Institutos, Grupos Docentes y Centros, y Coordinadores de Carrera la designación de un referente para la articulación con la UAP en cuanto a la implementación de los cursos en la Plataforma EVA-Fder, a efectos de facilitar y coordinar el nexo entre los docentes encargados de curso y la UAP en el uso de EVA-Fder. (12 en 12)

8.Validación de los cursos y evaluaciones
Los cursos desarrollados con clases virtuales y otras herramientas tecnológicas para su dictado, se asimilarán a las instancias presenciales de los distintos cursos y las evaluaciones y actividades realizadas por los docentes tendrán validez, sin perjuicio de lo que este Consejo resuelva respecto de la evaluación y aprobación final del curso. (12 en 12)

9. Lineamientos respecto de la enseñanza en la situación de emergencia sanitaria.
Aprobar las siguientes pautas a efectos de uniformizar los criterios de enseñanza de manera tal que estudiantes y docentes tengan bases comunes para el dictado de los cursos:

a) Los cursos deberán, en principio, dictarse en forma virtual, en los mismos días y horarios que tenían las clases presenciales, a través de la utilización de plataformas digitales que permitan conferencias en línea.

b) A estos efectos, la Facultad ha proporcionado a los docentes la posibilidad de utilizar gratuitamente la plataforma Webex en salas de hasta 800 participantes, y para que todos los docentes puedan acceder a las mismas se ha enviado a cada docente encargado de grupo un correo con un tutorial, así como un ID y una contraseña para el acceso a las salas.

c) Asimismo, todos los docentes tienen a disposición la opción de Big Blue Botton (de la plataforma EVA) y se admite expresamente el uso de cualquier otra herramienta que permita brindar clases virtuales, siempre que su utilización sea gratuita para los estudiantes.

d) Sin perjuicio de lo anterior, cada docente deberá tener abierto su curso en la plataforma EVA y dotar al mismo de contenido, exhortándose la utilización de todos los recursos que faciliten la comunicación e intercambio entre docentes y estudiantes, a efectos de atender las distintas realidades y dificultades de estudiantes y docentes para mantener la sincronía en la totalidad de los cursos

e) Lo dispuesto en los literales anteriores no obsta a que se pueda utilizar, además, otras vías de comunicación e intercambio entre docentes y estudiantes. (12 en 12)