15 de abril de 2020
36.
(Exp. s Nº ) - Visto: La necesidad de complementar la Resolución N°3 del Consejo de la Facultad de Derecho de fecha 10 de abril de 2020 en el numeral N°8, en cuanto expresa estar a “lo que este Consejo resuelva respecto de la evaluación y aprobación final del curso”
Considerando: las actuales circunstancias de incertidumbre en cuanto a la duración de la emergencia sanitaria y el informe elaborado por la Comisión ad hoc designada por Resolución de fecha 8/04/2020,
El Consejo de la Facultad de Derecho RESUELVE:
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Mantener el régimen de aprobación y exoneración de los cursos de todas las carreras y planes de estudios, previsto en los reglamentos de cursos respectivos, y de conformidad con la normativa aplicable, sin perjuicio de lo resuelto en relación al no control de asistencia. (11 en 12)
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Diferir la decisión sobre la modalidad de la prueba final integral de los cursos del Plan 2016 –tercera evaluación- (artículos 21 y 26 del Reglamento de cursos y Exámenes) y los cursos reglamentados del Plan 1989 –quinta evaluación- (artículo 10 del Reglamento de Cursos Reglamentados de materias Teóricas), hasta tanto las condiciones sanitarias permitan resolverlo. (9 en 12)
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Respecto de las materias y unidades curriculares asignadas a los Institutos de Técnica Forense y Técnica Notarial, estese a lo dispuesto en el numeral 3 de la Resolución N° 3 del Consejo de la Facultad de Derecho de fecha 10 de abril de 2020. (12 en 12)
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