11/5/2011

ACTA DE SESIÓN DEL INSTITUTO URUGUAYO DE DERECHO PENAL:

En Montevideo, a los 11 días del mes de mayo de dos mil once, siendo la hora diecinueve, se reúne el Instituto Uruguayo de Derecho Penal en el edificio Anexo de la Facultad de Derecho en sesión académica extraordinaria a efectos de tratar la rebaja de la edad de imputabilidad. Presidió la reunión el Director Prof. Dr. Miguel Langon, asistido por el Secretario Dr. Germán Aller y el Ayudante Dr. Jorge Rivera. Se contó con la asistencia de los doctores Beatriz Scapusio, Marcelo Domínguez, Federico Álvarez, Ignacio Montedeocar, Iván Toledo y Mauro Rinaldis.-

Primeramente, el Prof. Dr. LANGON cedió la palabra al Dr. ALLER a efectos de relatar resumidamente el aporte escrito enviado a éste por el Prof. CAIROLI, en el cual el catedrático se pronuncia contrario a la baja etaria de la imputabilidad. Además, el Dr. ALLER hizo algunas reflexiones propias en similar sentido e indicó que ante la ausencia de un adecuado tratamiento a los adolescentes infractores, al postular la rebaja en la edad de capacidad de culpabilidad se implementaría la consabida y rechazable teoría de la incapacitación, mediante la cual se inhibe a la persona de delinquir en el ámbito de su libertad en función de la mera reclusión infligida, pero no se aporta a la educación para llevar una vida libre sin delinquir.-

Luego, el Sr. Director efectuó algunas consideraciones y abrió el coloquio para que los demás colegas vertiesen sus opiniones. Prácticamente todos los presentes se expresaron, destacándose la tendencia a rechazar la rebaja de la edad de imputabilidad. Se señaló en la Sala que el vigente Código de la Niñez y Adolescencia (CNA; ley 17.823 de 7.09.04) produjo un cambio fundamental en la atribución de responsabilidad a las personas adolescentes a partir de los trece años de edad (arts. 70 y 74). Se comentó acerca de la mediatización del debate, el factible manejo político del mismo y las evidentes carencias de medios y recursos apropiados para el tratamiento de las personas sometidas al régimen de internación previsto en el CNA.-

Asimismo, se destacó el fracaso del sistema carcelario para adultos, indicándose que, en los actuales términos, someter a una persona de esa exigua edad al régimen de prisión de mayores sería sumamente dañino.-

Se pusieron de manifiesto diversos criterios acerca de la situación y eventual rebaja en la edad de imputación delictual, concluyéndose que, más allá de rebajar el límite etario, antes bien debería aplicarse adecuadamente el actual régimen y que, por otra parte, la rebaja de la edad no solucionaría el problema de la delincuencia juvenil.-

Se concluyó que el Estado ha de cumplir su deber en el tratamiento digno y ajustado al Derecho vigente aplicable a los adolescentes protagonistas de infracciones a la ley penal, tal como lleva a cabo en diversos aspectos una óptima labor con otros que son acogidos por el sistema sin haber cometido tales infracciones.-

Se afirmó que recién luego de cumplirse tal designio sería del caso revisar el tope de la edad de imputabilidad, pues posiblemente cualquier cifra será potencialmente opinable y, en definitiva, todas ellas guardan un cierto grado de arbitrariedad por el mero hecho de establecer una presunción absoluta en virtud de ser un número clausus.-

Sin perjuicio de lo debatido en la Sesión, se acordó que en la próxima reunión ordinaria, a celebrarse el miércoles 1 de junio a la hora 19:00 en el edificio Anexo de la Facultad de Derecho, exponga la Dra. Mariana MALET sobre la temática en cuestión.-

Igualmente, se exhorta a los miembros del INUDEP que así lo deseen a enviar su opinión vía e-mail con el fin de enriquecer el debate.-

Siendo la hora 20:00 se cerró la sesión extraordinaria.-

 

  Prof. Dr. Miguel Langon Prof. Agr. Dr. Germán Aller Ayte. Dr. Jorge Rivera
  Director  Secretario Ayudante