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Como es de conocimiento, el 2 de marzo de 2026 se implementó en el Registro Nacional de Actos Personales (sede Montevideo) un nuevo procedimiento de inscripción de oficios. Se pondrá en vigencia dicho procedimiento a nivel general en todos los Registros del país a partir del 4 de mayo de 2026. |
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Procedimiento |
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Para la inscripción de oficios (con firma autógrafa o firma digital) en cualquier sección de los Registros Públicos dependientes de la DGR: |
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Excepciones |
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1. Oficios con certificación notarial complementaria. Se mantendrá el procedimiento anterior, debiendo presentarse dos vías del oficio respectivo con su carátula envolvente. Una vez calificado como definitivo, el usuario deberá concurrir al retiro de su correspondiente vía y el original del certificado notarial complementario. 2. Grandes usuarios (ej. DGI, BPS, Gobiernos Departamentales y demás entes públicos). Las Direcciones de cada Registro podrán permitir, por el amplio volumen de oficios, su ingreso mediante una única vía y con carátula. El organismo podrá concurrir a retirar las carátulas, que se resguardarán por un tiempo prudencial a determinar por cada Dirección.
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